Diferencias entre régimen de factura electrónica y la factura electrónica en línea

Guatemala ha sido pionera en la implementación de la tecnología para fines de fiscalización tributaria, desde la formación de la actual Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- allá por el año 2,000 la tecnología siempre estuvo presente.

Como resultado de eso hoy abordaremos la actual Factura Electrónica en Línea -FEL- y los cambio que trajo su implementación con su predecesora la Factura Electrónica -FACE-, centrándonos en los principales.

1. GENERACIÓN Y RESGUARDO

Bajo la modalidad de la FACE los contribuyentes debían contratar a un GFACE o generadores de la Factura Electrónica, la cual podría ser en dos modalidades, ya fuera la emisión pura o el resguardo de la información que contenían las facturas impresas; a los GFACE se les autorizaba rangos de facturas para cada usuario (contribuyente) y ellos eran los encargados de emitir y resguardar la información. Si SAT quería acceso a dicha información, debía seguir un protocolo de solicitud. Con la llegada de la FEL la generación y resguardo está a cargo de SAT, este es quizás el principal cambio, ya que SAT tendrá a partir de la implementación el acceso en tiempo real de las ventas o cualquier otra transacción efectuada y que requiera de un documento autorizado (notas de crédito o débito, facturas, facturas especiales, guías aérea, etc.) porque todos serán inicialmente un Documento Tributario Electrónico -DTE-

2. UNO O VARIOS CERTIFICADORES

El sistema FEL permite que un contribuyente pueda tener un o varios certificadores (anteriormente GFACE), los usuarios tienen la libertad de contar con un certificador por cada serie de facturas y adicionalmente poder usar la Agencia Virtual habilitada por SAT.

4. CORRELATIVO DE DOCUMENTOS

Como indicamos, los GFACE solicitaban por cada contribuyente rangos de correlativos, los cuales eran asignados a cada documento. Con la FEL esto se elimina, ya que los documentos son generados por un solo centralizador SAT quien autoriza en tiempo real cada DTE por lo que es un solo correlativo universal, por lo tanto, en un ejemplo burdo, mi factura autorizada en estos momentos podría ser la 234,568,497 y la siguiente solicitada tan solo dos minutos después podría ser 286,614,618. Esto entra en conflicto con el libro de ventas, ya que solo podrán ser registradas en orden cronológico más no por correlativo.

5. INTERACCIÓN DE DOCUMENTOS

Este cambio también implicó dificultades como la interacción de documentos, por ejemplo, para anular una factura después de unos días aun y cuando se encuentre dentro del mismo mes solo se podrá anular a través de la emisión de una nota de crédito. Cuando anteriormente se anulaba a través del sistema de GFACE o en el caso del resguardo con la anulación física.

6. YO PUEDO SER MI PROPIO CERTIFICADOR

Se estipula que ahora será permitido que los certificadores puedan ser personas jurídicas o individuales, dependiendo siempre de aprobar una serie de requisitos.

Estos son algunos de los principales cambios que se efectuaron con respecto a la implantación de la FEL, lo cual, también conlleva un mejor control y acceso en tiempo real para la SAT.

Por: Endrix Ponce, Gerente de Impuestos.

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